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Servicio

Trabajo en altura: procedimientos y capacitación

Procedimientos, permisos y capacitación para tareas en altura, según la resolución que rige desde 2024.

¿Qué se considera trabajo en altura?

La Resolución SRT 61/2023 aprobó medidas de seguridad específicas para trabajos en altura, complementando el Decreto 911/96. Establece exigencias escalonadas: por debajo de dos metros obliga a barandas reglamentarias, y a partir de seis metros suma capacitación semanal, control diario de equipos y presencia permanente de un responsable de la tarea.

Qué incluye

  • Procedimiento de trabajo seguro para tareas en altura
  • Permiso de Trabajo Seguro diario
  • Capacitación teórica del personal expuesto
  • Listas de verificación de arneses, andamios y plataformas

Qué no incluye

La capacitación es teórica y de procedimientos. El entrenamiento práctico de ascenso, descenso y rescate en altura requiere una estructura de entrenamiento específica y hoy no forma parte de este servicio.

Rubros donde más se aplica

Preguntas frecuentes

¿Desde qué altura se considera trabajo en altura?

La Resolución SRT 61/2023 organiza las exigencias por tramos. Para trabajos por debajo de los dos metros obliga a colocar barandas reglamentarias, ampliando lo previsto en el Decreto 911/96. A partir de los dos metros y de los seis metros se suman requisitos adicionales de equipamiento y supervisión.

¿Desde cuándo rige la Resolución SRT 61/2023?

Fue publicada en el Boletín Oficial el 6 de diciembre de 2023 y entró en vigencia a los noventa días de esa publicación, es decir en marzo de 2024. Complementa las medidas de seguridad para trabajos en altura del Decreto 911/96.

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